propiedadIndustrial

 

558. ¿Qué se entiende por propiedad industrial?

Se entiende por tal a la que recae sobre el uso de un nombre comercial; marcas de fábrica, de comercio y de agricultura; dibujos y modelos industriales, secretos de fábrica y patentes de invención. La ley protege el derecho exclusivo de quien ostenta a su favor aquellos usos, defendiéndolo frente a terceros y frente a toda competencia desleal. (Ossorio)

559. ¿Qué modalidades de propiedad industrial existen?

Según el Código de Comercio, se reconocen como modalidades de la propiedad industrial las siguientes:

  • Toda nueva invención si es susceptible de aplicación industrial, incluyendo las de perfeccionamiento, confirmación, precaucionales o de introducción.
  • Los modelos y dibujos industriales, los modelos de novedad y los de utilidad.
  • Las marcas o signos distintivos de fábrica en general, incluyendo las de comercio, las agrícolas y de servicios.
  • Los nombres, enseñas, avisos, rótulos y estilos comerciales, así como la denominación de origen.
  • Cualquier otra forma de propiedad industrial reconocida por ley.

560. ¿Se pueden disponer los derechos de propiedad industrial?

Los derechos de propiedad industrial son susceptibles de libre comercio en su calidad de bienes muebles incorpóreos, salvo las limitaciones previstas en las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

Las enajenaciones, transferencias, donaciones y otros actos jurídicos celebrados con relación a estos bienes o derechos, para surtir sus efectos legales respecto de terceros, deben inscribirse en el Registro de Propiedad Industrial y en los que le fueren pertinentes.

561. ¿Qué acciones se poseen contra usurpadores de propiedad industrial?

El titular de una patente puede formular acción penal e indemnizatoria, contra el usurpador, por los perjuicios causados.

562. ¿En busca de protección, se pueden aplicar tratados internacionales?

Sí. En el caso de extranjeros domiciliados en el país, se puede acudir ante las autoridades judiciales o administrativas, para acogerse a cualquier ventaja resultante de los convenios internacionales suscritos y ratificados por Bolivia en materia de propiedad industrial.

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