68. ¿Qué es la cesión del contrato? La cesión es la renuncia o transmisión, gratuita u onerosa, que se realiza de una cosa, crédito, acción, derecho o contrato a favor de otra persona. El que cede se denomina cedente y el que adquiere el título se denomina cesionario. La legislación prevé que cualquiera de los contratantes puede sustituir mediante un tercero la prestación recíproca, si es que estas prestaciones no han sido ejecutadas y si el otro contratante presta su consentimiento. Art. 539 Código Civil |