Separacionjudicialdebienes

 

93. ¿En qué casos procede la separación judicial de bienes?

Cuando se declara la interdicción o la desaparición de la o el otro.

Cuando peligran sus intereses por los malos manejos o la responsabilidad civil, en la que pudiera incurrir la o el otro cónyuge.

Art. 200 del Código de las Familias y del Proceso Familiar

94. ¿Procede la separación extrajudicial de bienes?

La separación extrajudicial de bienes es nula, en los casos de interdicción o la desaparición de la o el cónyuge y de que peligren sus intereses por los malos manejos o la responsabilidad civil

Art. 200 del Código de las Familias y del Proceso Familiar

95. ¿En qué casos cesa la separación judicial de bienes?

La separación de bienes cesa por decisión judicial, a demanda de uno o de ambos cónyuges, en ese caso, se restablece la comunidad de gananciales, pero cada cónyuge conserva la propiedad o la titularidad de los bienes o derechos que le fueron asignados a tiempo de la separación y de los adquiridos durante ésta.

Art. 203 del Código de las Familias y del Proceso Familiar

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