
12. ¿Qué es y que grava el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – I.U.E.?
El Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - I.U.E. se aplica en todo el territorio nacional sobre las utilidades resultantes de los estados financieros de las mismas, al cierre de cada gestión anual. Está dividido en tres categorías:
- Empresas.
- Profesionales libres u oficios.
- Beneficiarios del exterior.
EMPRESAS |
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PROFESIONALES LIBRES U OFICIOS |
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BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR |
- Utilidades neta (utilidad buta menos gastos deducibles).
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- Utilidad presunta, 50% del monto total de los ingresos percibidos, deducido el IVA declarado y pagado durante la gestión a declararse.
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- Utilidades de fuentes bolivianas remitidas al exterior. Actividades parcialmente realizadas en el pais.
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13. ¿Quienes pagan y quienes no deben pagar el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – I.U.E.?
Pagan:
EMPRESAS |
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PROFESIONALES LIBRES U OFICIOS |
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BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR |
- Empresas públicas y privadas inclusive las unipersonales.
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- Personas naturales que ejercen profesiones u oficios en forma independiente, incluyendo a los Notarios de Fe Publica, Oficiales de Registro Civil, Comisionistas, Factores, Corredores de Comercio.
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- Personas naturales o jurídicas que remitan rentas a Bolivia.
- Sucursales de empresas que efectúan actividades parciales en el país.
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No Pagan:
EMPRESAS |
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PROFESIONALES LIBRES U OFICIOS |
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BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR |
- Gobierno Nacional
- Gobiernos Autónomos, Departamentales y Municipales.
- Universidades Públicas.
- Asociaciones, fundaciones e Instituciones sin fines de lucro autorizadas legalmente.
- Nuevas Industrias establecidas en el Alto.
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- Profesionales Liberales u oficios desarrollados en relación de dependencia.
- Actividades culturales nacionales en escenario estatal o municipal.
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14. ¿Cuál es la alícuota del I.U.E. y cuando se debe pagar?
EMPRESAS |
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PROFESIONALES LIBRES U OFICIOS |
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BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR |
25% sobre utilidades netas
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25% sobre utilidad neta presunta.
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Tasas Efectivas:
- 12.5% Beneficiarios en el exterior (rentas de fuente boliviana)
- 4% Actividades parciamente realizadas en el país.
- 1.5% Actividades parciales en el país (remesas al exterior).
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Se debe pagar:
EMPRESAS |
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PROFESIONALES LIBRES U OFICIOS |
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BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR |
Anualmente, hasta los 120 días posteriores al cierre de gestión fiscal. |
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Anualmente, hasta los 120 días posteriores al cierre de gestión fiscal. |
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Mensualmente de acuerdo al vencimiento, según el último digito del NIT |
15. ¿Cuáles son las fechas de cierre de gestión de las empresas?
El cierre de gestión está determinado según la actividad económica realizada por la empresa, según los siguientes parámetros:
- Empresas Petroleras, Constructoras e Industriales hasta el 31 de marzo.
- Empresas agrícolas hasta el 30 de junio.
- Empresas mineras hasta el 30 de septiembre.
- Empresas Comerciales, Bancarias, o de Servicios hasta el 31 de diciembre.
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