383. ¿En qué consiste el contrato de transporte? Por el contrato de transporte una de las partes se obliga con la otra, a cambio de una suma de dinero, a trasladar personas o cosas de un lugar a otro, por determinado medio y en un plazo fijado. Art. 927 Código de Comercio 384. ¿Cuándo un contrato de transporte es mercantil? El contrato de transporte es mercantil cuando los servicios son prestados por empresas dedicadas a dicha actividad. Art. 927 Código de Comercio 385. ¿Qué obligación tienen las empresas de transporte que cumplir antes de iniciar actividades? Las empresas dedicadas al transporte, cualquiera sea su forma de organización, antes de iniciar sus actividades, deben otorgar una fianza para responder de los daños y perjuicios sufridos por las personas o las cosas transportadas, por una suma que se determine por la autoridad administrativa encargada de regular sus actividades. Las empresas transportadoras que no otorguen dicha fianza, podrán sustituirla por pólizas de seguro que cubran la responsabilidad emergente del transporte de personas o manejo de carga. Arts. 930 y 931 Código de Comercio 386. ¿Cuáles son las obligaciones que poseen regularmente las empresas de transporte? Las empresas de transporte están obligadas a:
Art. 935 Código de Comercio 387. ¿Cómo se regula el transporte combinado? El contrato de transporte combinado, es decir, a cargo de dos o más transportadores, hace a cada uno responsable por la parte que hubiera ejecutado. El transporte combinado, cuando se pacte en documento único, los hace responsables solidariamente a todos por la ejecución íntegra del contrato. Art. 936 Código de Comercio 388. ¿Cuantos tipos de contrato de transporte existen? El Código de Comercio boliviano regula dos, el contrato de transporte de personas y el contrato de transporte de cosas. Arts. 939 y 946 Código de Comercio 389. ¿En qué consiste el transporte de personas? Es un contrato por el cual una persona (por lo general una empresa) se compromete a conducir a otra, que paga por ello una cantidad (pasaje o billete), al punto que desee o a alguno del recorrido que habitualmente haga el vehículo, incluso nave o aeronave. (Ossorio) 390. ¿En el transporte de personas, quién asume la responsabilidad por daño o muerte del pasajero? La empresa transportadora, esté o no amparada por un contrato de seguro, responde de las lesiones, daños corporales o muerte del pasajero, ocurridos durante la ejecución del contrato de transporte, desde el momento en que se haga cargo de éste. La responsabilidad comprende, además, tanto los daños causados por los vehículos utilizados por el transportador, como los ocurridos en los sitios de embarque, desembarque, estaciones intermedias e instalaciones utilizadas por el transportador. Esta responsabilidad cesará en el momento del desembarque del pasajero en el lugar de destino y en los siguientes casos:
Art. 939 Código de Comercio 391. ¿En el transporte aéreo de personas, quién asume la responsabilidad por paradas o desviaciones imprevistas de ruta? En los transportes aéreos, el transportador atenderá por su cuenta los gastos del alojamiento, alimentación, traslado a hoteles y aeropuertos, de los viajeros obligados a hacer paradas o desviaciones imprevistas en sus rutas y horarios, aunque fuere sin culpa del transportador. Art. 940 Código de Comercio 392. ¿En el transporte de personas, quién asume la responsabilidad por retraso o imposibilidad de realizarse el viaje? La empresa transportadora. Si no pudiera realizarse el viaje o se retrasara con exceso, por causas no imputables al pasajero, éste podrá pedir la resolución del contrato, y la empresa transportadora deberá devolver el importe pagado, sin descuento alguno. Art. 944 Código de Comercio 393. ¿En qué consiste el transporte de cosas? Es un contrato por el cual una de las partes (transportista o porteador) se obliga mediante cierta retribución (porte) a llevar de un punto a otro, las cosas que a tal fin le sean entregadas y ponerlas a disposición de la persona a la cual van dirigidas. (Ossorio) Por este contrato, el transportador asume las obligaciones y responsabilidades emergentes de la traslación de las cosas, incluso aunque utilizara los servicios de terceros. En principio el transportador puede convenir con otros el transporte de las cosas, salvo pacto en contrario. Art. 946 Código de Comercio 394. ¿Qué documentos acreditan el contrato de transporte de cosas? Los documentos que acreditan el contrato de transporte de cosas pueden ser: conocimientos de embarque, cartas de porte y/o guías. El conocimiento de embarque es el documento extendido por las empresas de transporte en el que se especifican las mercaderías recibidas para ser transportadas. Tiene especial importancia en el transporte marítimo y fluvial. (Ossorio) La carta de porte es un título legal del contrato de transporte entre el cargador y el transportista, cuyo contenido sirve legalmente de título probatorio de los derechos y obligaciones de cada una de las partes contratantes. (Ossorio) 395. ¿Cuál es la forma de emisión de los documentos que acreditan el contrato de transporte de cosas? La carta de porte y la guía, pueden ser expedidas a nombre del destinatario, a la orden de éste o al portador. (Véase formas de emisión de los títulos valores) Cualquier interesado puede solicitar copias que serán otorgadas con la constancia de que son duplicadas. 396. ¿Cuáles son las obligaciones generales de las empresas de transporte de cosas? Las empresas de transporte en general están obligadas a:
Art. 960 Código de Comercio 397. ¿Quiénes intervienen en un contrato de transporte de cosas? Intervienen las siguientes partes:
398. ¿Cuáles son las obligaciones del remitente? El remitente o cargador está obligado a:
Art. 952 Código de Comercio 399. ¿Cuáles son las facultades del remitente? El remitente está facultado para:
Art. 953 Código de Comercio 400. ¿Cuáles son las obligaciones del transportador? El transportador está obligado a:
Art. 954 Código de Comercio 401. ¿Cuáles son los derechos del transportador? El transportador tiene derecho a:
Art. 955 Código de Comercio 402. ¿Cuáles son las obligaciones del destinatario?
Art. 958 Código de Comercio 403. ¿Cuáles son los derechos del destinatario? El destinatario tiene derecho a:
Art. 959 Código de Comercio 404. ¿En qué casos cesa la responsabilidad del transportador? La responsabilidad del transportador por pérdida, daños o averías, cesa:
Art. 956 Código de Comercio 405. ¿En qué casos la empresa de transporte no es responsable por los daños que sufran las cosas? Las empresas de transporte no son responsables de los daños que sufran las cosas transportadas, en los siguientes casos:
Tampoco son responsables de los daños ocurridos en las cosas durante el embarque y desembarque, cuando fueran hechos directamente por el propio remitente o destinatario. Arts. 966 y 967 Código de Comercio 406. ¿Cómo se prueban las cuestiones suscitadas por el contrato de transporte de cosas? Por la carta de porte o la guía se decidirán todas las cuestiones suscitadas sobre la ejecución y cumplimiento del contrato, sin que en contra de su tenor puedan admitirse otras excepciones que las de falsedad o error material en la redacción. Art. 962 Código de Comercio 407. ¿Qué sucede en caso de pérdida de la carta de porte o guía? En caso de pérdida de la carta de porte o de la guía, cualquier controversia se decidirá por las pruebas aportadas por los interesados. Art. 963 Código de Comercio 408. ¿Qué sucede en caso de falta de pago del contrato de transporte cuando es responsabilidad del destinatario? El transportador que entregue las cosas sin cobrar el valor de los bienes, tratándose de un envío sujeto a entregar contra pago, responde al remitente del importe de las cantidades debidas al mismo y no puede reclamar el pago de lo que se le adeude por el transporte, quedando a salvo su acción contra el destinatario. Art. 965 Código de Comercio |