94. ¿Qué opciones tienen las personas llamadas a la sucesión? Cualquier persona capaz tiene la opción de aceptar o renunciar a una herencia. Es decir,necesariamente, el heredero debe manifestar su voluntad aceptando o renunciando a la misma. Al mismo tiempo no existe causal ni voluntad alguna que pueda privar a una persona de su condición de heredero si quiere serlo, excepto las causales de indignidad y desheredación de los herederos forzosos. Dicha disposición legal establece:
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