33. ¿Qué es el domicilio y donde es establecido? El domicilio es un atributo de la personalidad, que consiste en el lugar donde la persona (física o jurídica) tiene su residencia con el ánimo real o presunto de permanecer en ella. En un sentido estricto domicilio es la circunscripción territorial donde se asienta una persona, para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones. El domicilio de la persona individual está en el lugar donde tiene su residencia principal. Cuando esa residencia no puede establecerse con certeza, el domicilio está en el lugar donde la persona ejerce su actividad principal. Art. 24 Código Civil 34. ¿Dónde se presume el domicilio de las personas sin residencia fija? Las personas que por su género de vida no tienen residencia en un lugar determinado, se consideran domiciliadas en el lugar donde se encuentran. Art. 25 Código Civil 35. ¿Cuál es el domicilio los cónyuges, menores de edad e interdictos? El domicilio de los cónyuges se halla en el lugar del domicilio matrimonial. Art. 26 Código Civil 36. ¿Cómo se realiza el cambio de domicilio? El cambio de domicilio se realiza por el traslado de la residencia principal o, en su caso, de la actividad principal a otro lugar. Art. 28 Código Civil 37. ¿Qué pasa si una persona no tiene un domicilio establecido? En el caso de que una persona no posea un domicilio actual con certeza, rige el último domicilio conocido. Art. 30 Código Civil |