85. ¿Qué es la posesión? La posesión es el poder de hecho ejercido sobre una cosa mediante actos que denotan la intención de tener sobre ella el derecho de propiedad. Art. 87 Código Civil 86. ¿En qué consiste la presunción de la posesión? Se presume la posesión de quien ejerce actualmente el poder sobre la cosa. Art. 88 Código Civil 87. ¿Cómo se regula la posesión de buena fe? El poseedor es de buena fe cuando cree haber adquirido del verdadero propietario o titular la cosa o el derecho. La buena fe se presume; y quien alega que hubo mala fe, debe probarla. Art 93 Código Civil 88. ¿Qué sucede con mejoras y ampliaciones realizadas por el poseedor? El poseedor también tiene derecho a que se le indemnicen las mejoras útiles y necesarias que existan a tiempo de la restitución. Si es de buena fe, la indemnización se hace en la cuantía que haya aumentado el valor de la cosa; y si es de mala fe, en la cuantía menor entre la suma del importe y el gasto, por una parte, y el aumento del valor, por otra. Las mejoras de mero recreo o suntuarias no son indemnizables, pero el poseedor que las hizo puede retirarlas restableciendo las cosas a su primitivo estado. Art. 97 Código Civil 89. ¿Qué derecho tiene el poseedor de buena fe que realizó las mejoras y ampliaciones realizadas? El poseedor de buena fe tiene el derecho de retener la cosa hasta que el propietario rembolse los gastos de mejoras y ampliaciones que efectuó. El juez puede disponer, de acuerdo a las circunstancias, que las indemnizaciones y reembolsos se satisfagan por cuotas, estableciendo las garantías convenientes. Art. 98 Código Civil 90. ¿Qué sucede con los daños o pérdidas de la cosa? El poseedor debe resarcir al propietario por los daños o la pérdida de la cosa durante la posesión. Art. 99 Código Civil 91. ¿La posesión vale por título? Sí, la posesión de buena fe de los muebles corporales vale por título de propiedad, salvo la prueba contraria. Art. 100 Código Civil 92. ¿Qué efectos tiene la posesión en caso de enajenación por el no propietario? Cuando se realiza una transferencia de bienes muebles corporales, por alguna persona que no es el propietario, la persona que compra adquiere la propiedad mediante la posesión de buena fe. Art. 101 Código Civil 93. ¿Qué sucede con la adquisición por la posesión de buena fe en caso de enajenaciones sucesivas? Si se transfiere sucesivamente una cosa mueble corporal a varias personas, la primera que entra en posesión de ella es preferida y adquiere la propiedad siempre que sea de buena fe. Art. 103 Código Civil |