141. ¿Cómo está regulada la separación de patrimonios? Cuando un heredero le resultare perjudicial o gravoso aceptar una herencia, debido a que el pasivo es superior al activo en la herencia, puede disponer del beneficio de inventario, con la finalidad de no confundir su propio patrimonio con el patrimonio del de cujus o difunto. Con esta opción el heredero solo responderá por las deudas y cargas de la sucesión hasta el monto activo que dejo el de cujus, sin comprometer su propio patrimonio. 142. ¿Qué sucede si la sucesión es solvente? Si la sucesión es solvente y el heredero tiene muchos acreedores, los cuales tendrán la necesidad de proteger el patrimonio del causante, a fin de que el heredero insolvente no confunda su patrimonio con el de cujus perjudicándolos. La ley reconoce a estos acreedores o legatarios del causante el derecho de solicitar el beneficio de separación de patrimonio del de cujus con el heredero. Por lo cual se puede concluir que tanto el beneficio de inventario como la separación de patrimonios son figuras consagradas que protegen a los acreedores, la primera figura protegerá a los acreedores del heredero y la segunda a los acreedores del de cujus. 143. ¿Cuál es el plazo para solicitar la separación de patrimonios? La separación de patrimonios debe ser ejercida por los acreedores o legatarios en el plazo de seis meses de abierta la sucesión, vencido este término el derecho caduca, por lo cual no es susceptible de ampliación o prórroga por ningún motivo. 144. ¿Cuál es la forma de ejercer este derecho? La forma de ejercer el beneficio de separación de patrimonios varía en función de la solicitud de separación de bienes muebles o la separación de inmuebles o muebles sujetos a registro. 145. ¿Cómo se regula la separación de patrimonios respecto a bienes muebles? La separación debe ser ejercida por los acreedores y legatarios. En caso de ser muebles, el derecho de separación se ejerce mediante una demanda contra los acreedores del heredero, sean conocidos o no, lo cual se les hará saber mediante una sola publicación de prensa. El juez ordenará se levante inventario, si no ha sido levantado ya, y dispondrá las medidas de seguridad y conservación respecto a los muebles. Si algunos o todos los muebles fueron vendidos por el heredero, la separación comprenderá los bienes que quedan y el precio no pagado todavía. 146. ¿Cómo se regula la separación de patrimonios respecto a bienes inmuebles o muebles sujetos a registro? En cuanto a los inmuebles y muebles sujetos a registro, los cuales pueden ser hipotecados, el derecho de separación se ejerce mediante la inscripción del crédito o del legado sobre cada uno de esos bienes en los registros respectivos, haciéndose constar en ellos los nombres del de cujus y del heredero. Se inscriben a título de separación de bienes, aplicándose a este caso las normas sobre las hipotecas. 147. ¿Cuál es la forma de impedir la separación de patrimonio o la manera de cesarla? Cuando un heredero quiera impedir la separación entre su propio patrimonio y el del causante, deberá cancelar las acreencias y los legados, así mismo podrá ofrecer una fianza que garantice el pago correspondiente. |