Divorcioodesvinculacionnotarial

 

48. ¿Cómo se tramita el divorcio o desvinculación notarial?

Ante la Notaría de Fe Pública del último domicilio conyugal, con la suscripción de un acuerdo regulador de divorcio, que en caso de desacuerdo o contención o de encontrarse irregularidades en el mismo, y que merezcan nulidad verá resolverse en la vía judicial.

Una vez que los cónyuges hayan cumplido con los requisitos y las disposiciones exigidas para el acuerdo regulatorio de divorcio o desvinculación, la o el Notario de fe Pública, emitirá testimonio de la Escritura Pública, para su inscripción en el Servicio del Registro Cívico y la cancelación respectiva.

Art. 206 del Código de las Familias y del Proceso Familiar

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