231. ¿Qué es el endoso? El endoso es un modo de transmisión de los títulos de crédito, consistente en la firma de quien lo transmite, colocándola al dorso del documento. (Ossorio) 232. ¿Cuáles son los requisitos de forma del endoso? El endoso debe constar en el mismo título o en una hoja adherida a él, en caso de no poder hacerse en el documento. Deberá contar con los siguientes requisitos:
Art. 522 Código de Comercio 233. ¿Qué sucede si no se cumplen los requisitos de forma del endoso? La omisión de los requisitos de forma del endoso, produce los siguientes efectos:
Art. 523 Código de Comercio 234. ¿Cuándo no surte efectos el endoso? El endoso no surte efectos cuando falta o se omite la firma del endosante, y cuando se encuentra en papel separado sin las referencias del título al que corresponda. Art. 523 Código de Comercio 235. ¿En qué consiste el endoso en blanco? Se denomina endoso en blanco tanto a aquél en el que no figura el nombre del endosatario (a favor de quien se endosa), como aquél en el que sólo consta la simple firma del endosante (quien endosa) al dorso del título. Art. 524 Código de Comercio 236. ¿Es permitido el endoso en blanco? En nuestra legislación el endoso en blanco se considera válido con la sola firma del endosante. En este caso, quien posea el título podrá llenar el endoso en blanco, con su nombre o transmitir el título sin completar el endoso. El endoso al portador produce los mismos efectos que el endoso en blanco. Art. 524 Código de Comercio 237. ¿Cuantas clases de endoso existen? El endoso puede hacerse en propiedad, en cobranza o en garantía. Art. 527 Código de Comercio 238. ¿En qué consiste el endoso en propiedad? Por el endoso en propiedad se transmite el dominio del título a otra persona, y todos los derechos consignados en él. Para que la operación se complemente, es necesaria la entrega material del título o documento. Este tipo de endoso contiene palabras como: "páguese a la orden de" o simplemente "páguese a". Art. 528 Código de Comercio 239. ¿En qué consiste el endoso en cobranza? El endoso en cobranza no transmite la propiedad del título, únicamente faculta al endosatario (a favor de quien se endosa) para presentar el documento para su aceptación, o para gestionar su cobro judicial o extrajudicialmente. El endosatario actúa como un mandatario. Este tipo de endoso contempla expresiones como: "en cobranza", "al cobro" u otras equivalentes. Art. 529 Código de Comercio 240. ¿En qué consiste el endoso en garantía? El endoso en garantía no transmite la propiedad del título, sólo atribuye al endosatario (a favor de quien se endosa) todos los derechos y obligaciones de un acreedor prendario respecto del título endosado, y de todos los derechos que representa el mismo documento. Este tipo de endoso contempla palabras como "en garantía", "en prenda" u otras equivalentes. Art. 530 Código de Comercio |