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25. ¿En qué casos se puede suspender la ejecución de la sanción penal?

La ejecución o cumplimiento de la sentencia condenatoria penal podrá ser suspendida:

  1. Cuando la pena privativa de libertad impuesta no exceda de tres (3) años.
  2. Cuando el condenado no hubiera sido condenado anteriormente por delito doloso.
  3. Cuando la personalidad, los móviles del condenado, la naturaleza, modalidad del hecho y el deseo manifestado del condenado demuestren la voluntad de reparar en lo posible las consecuencias del delito, y se pueda determinar que no cometerá nuevos delitos. Todos estos elementos deben concurrir para establecer la suspensión de la sanción penal.

26. ¿Qué condiciones debe cumplir el condenado una vez se suspende la ejecución de la sanción penal?

El condenado a una sentencia penal y que hubiera sido beneficiado con la suspensión de la ejecución penal, deberá cumplir un periodo de prueba en el cual debe cumplir las siguientes condiciones:

  1. No incurrir en otro delito doloso.
  2. Dedicarse a un oficio o profesión.
  3. Residir en un lugar determinado.
  4. Abstenerse de residir en un lugar determinado, ya sea porque en la zona vive la víctima o por otros factores que podrían alterar la conducta del condenado.
  5. Abstenerse del juego y de bebidas alcohólicas Todo esto en un periodo determinado por el Juez, el cual podrá ser entre dos (2) o cinco (5) años. Si el condenado cumpliera con todos los requisitos durante el periodo de prueba, la sanción penal quedará extinguida.

27. ¿Qué ocurre si el condenado incumple las condiciones impuestas durante el periodo de prueba?

En caso de incumplimiento, el Juez revocará o invalidará la suspensión condicional de la pena y aplicará la sanción penal que se le hubiera establecido. Si comete otro delito, será sancionado con el cumplimiento de ese delito además del delito o delitos ya sancionados penalmente pero que fueron beneficiados con la suspensión de la ejecución de la pena.

28. ¿Qué es el perdón judicial?

El perdón judicial es una causa de extinción o finalización de la responsabilidad penal, que supone el perdón de la ejecución de la pena. No se debe confundir el perdón con la amnistía, ya que esta última supone renunciar a perseguir el delito, pero el perdón judicial solo puede ser otorgado a quien ya ha sido condenado.

29. ¿En qué consiste la libertad condicional?

La libertad condicional, es una medida subsidiaria a la ejecución de una pena privativa de libertad, que permite al condenado por un determinado delito cumplir su sanción penal en libertad, sujeto a ciertas obligaciones o bajo ciertas condiciones.

30. ¿Qué requisitos se deben cumplir para acceder a la libertad condicional?

El condenado deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Haber cumplido las dos terceras (2/3) partes de la condena.
  2. Haber demostrado aptitud y hábito de trabajo.
  3. Haber satisfecho la responsabilidad civil o constituir fianza real o personal.
  4. Que observe buena conducta en libertad y se someta a la tutela del Juez de vigilancia y de los servicios post penitenciarios, hasta el cumplimiento total de la condena.

31. ¿Qué requisitos se deben cumplir para mantener la libertad condicional?

El condenado para mantener la libertad condicional otorgada deberá:

  1. Mantener su buena conducta.
  2. Someterse a la vigilancia de las autoridades.
  3. Prestar caución (fianza) de buena conducta.
  4. Presentarse periódicamente ante el Juez de vigilancia.

Cumplidos todos los requisitos por el término que fije el Juez, la sanción penal quedará extinguida.

32. ¿Qué ocurre si no se cumplen con los requisitos de la libertad condicional?

En ese caso el Juez revocará o dejará sin efecto la libertad condicional, en mérito a lo cual el condenado será detenido y llevado a un centro penitenciario para cumplir el resto de su condena.

33. ¿En qué consiste la responsabilidad civil?

La responsabilidad civil es la obligación que tiene toda persona que ha sido penalmente sentenciada como autor, participe o cómplice de un delito, de asumir las consecuencias patrimoniales o morales que se derivan de la comisión del mismo. Cuando se hablan de consecuencias patrimoniales se hace referencia a aquellos bienes muebles, inmuebles o dinero que el delincuente hubiere tomado, dispuesto o destruido y que fueran de propiedad de la víctima; en cambio los daños morales, son aquellos efectos psicológicos causados a la víctima por la comisión del delito, que son resarcidos económicamente. Para poder reclamar la responsabilidad civil, debe existir previamente la sentencia condenatoria firme.

Arts. 87 al 91 Código Penal

34. ¿La suspensión condicional de la pena y el perdón judicial, también se aplican para la responsabilidad civil?

No, la responsabilidad civil se mantiene vigente, por lo cual el condenado deberá siempre cumplir con esta obligación.

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